LOCE: Ley Orgánica Constitucional de Enseñanza.
Publicada el 10 de marzo de 1990 (Un día antes de la vuelta a la “democracia”).
Época Pre-LOCE:
• Brindar y costear la educación es un deber primordial del Estado.
• Con la llegada de la dictadura se plantean nuevas propuestas económicas capitalistas.
• El estado se libera de todo quehacer económico, traspasando bienes y servicios a manos de privados.
• Se crea la subvención-mixta: además de recibir aportes del Estado, los establecimientos realizan cobros por su servicio.
Época Post-LOCE:
• Corresponde a los padres la educación de sus hijos. El Estado sólo fiscaliza.
• La posibilidad de sostener un colegio, liceo o universidad corresponde a cualquier persona natural. La educación pasa a ser un servicio comercializable... un muy buen negocio.
• Los planes y programas de estudio son formulados por el sostenedor de cada establecimiento (¿apuntarán a la calidad de la educación, o a cubrir sólo los requisitos mínimos para reducir costos?)
Breve análisis LOCE:
• Según la LOCE es deber de los padres la educación de sus hijos; el Estado sólo se dedica a fiscalizar.
• El estudiante queda sujeto a su situación familiar (aunque la familia constituida está en vías de extinción), y a las condiciones económicas de sus padres.
• Lo anterior, junto a la transformación de la educación como negocio y no como derecho, agranda la brecha entre la educación de estudiantes adinerados y pobres.
• En el artículo 18 de la mencionada ley, se deja a manos del sostenedor de cada establecimiento los planes y programas de estudios.
• El artículo 21 e) “Disponer del mobiliario, elementos de enseñanza y material didáctico mínimo (...)”, deja claro que esta disposición liga las condiciones de estudio según la cantidad de dinero que invierta el empresario sostenedor en la implementación e infraestructura del colegio.
Como ejemplos planteamos:
• 2006 - 2007: Colegio Britania Cordillera.
El sostenedor no paga sueldos ni servicios, lo cual no permite el uso del establecimiento.
• Los mejores resultados PSU se aglomeran en estudiantes de colegios privados. Los escolares formados en la enseñanza pública quedan prácticamente excluidos de la Educación Superior.
Al leer los primeros párrafos de esta ley se hace obvia la intención comercial por la cual se crea. Queda claro que la desigualdad está presente en la educación, que el “derecho” a una educación de calidad está condicionado a la situación económica de los padres del estudiante. Recordemos que esta ley nace en una época donde el neoliberalismo de los “Chicago Boys” hace que Chile Tienda a “Chile.LTDA”, lo cual exige crear una educación de tipo condicionalista, en la cual la gente se eduque para servir y no para saber.
LGE: Ley General de Educación.
· El proyecto deroga la Ley Orgánica Constitucional de enseñanza (LOCE), dictada en 1990; pero La nueva ley no ataca las reales problemáticas por las cuales se dio la gran discusión, surgida de la “revolución pingüina” del 2006. Por ejemplo, el Estado sigue financiando instituciones educacionales no estatales, que aunque legalmente son sin fines de lucro, bien es sabido que estas instituciones son presididas por empresarios ligados a rubros complementarios a la educación (inmobiliarias arrendadas a dichas instituciones, entre otras). Además, aún no se defienden los derechos del estudiante sobre el empresario sostenedor.
· El proyecto de Ley General de Educación deja pendiente la reforma de la educación superior (se mantienen vigentes aquellas disposiciones sobre educación superior contenidas en la LOCE) a la espera de las propuestas que emanen del recién creado Consejo Asesor Presidencial para la Educación Superior.
Breve análisis LGE:
· Los fundamentos transcendentales por los cuales existe la actual crisis educacional son los siguientes: la mercantilización de la educación; pocos instrumentos o nulos para exigir calidad en la educación; las dificultosas situaciones laborales de los docentes, la incapacidad de las autoridades del país para gestionar la educación pública; el deficiente rol del Estado en la educación pública y las leyes constitucionales.
· La LGE otorga la supuesta ‘libertad de enseñanza’ es decir, que los padres son libres de elegir el establecimiento educacional para sus hijos, pero a la vez son limitados por un factor económico al momento de elegir por la calidad de la educación, el cual aumenta la brecha socio-económica entre ricos y pobres, estimulando el surgimiento de una elite. Asimismo, la libertad de enseñanza se entiende como el derecho que posee cualquier individuo para abrir, organizar y mantener un establecimiento educacional e ’incluye el derecho a elaborar los planes y programas propios de estudio, por los cuales se ceñirán, y a elaborar su propio Proyecto Educativo Institucional, sin importar la finalidad que el individuo tenga; ya sea lucrar como otra empresa más o llevar a cabo un proyecto social de educar, lo cual dudamos.
· Mientras se mantenga el sistema de financiamiento compartido en los establecimientos particulares subvencionados, que obliga a las familias a pagar una mensualidad por sobre el financiamiento del Estado, se mantiene un proceso de selección de alumnos por razones socioeconómicas, a pesar de que la LGE promulga la no selección durante la enseñanza básica, tomando en cuenta como motivos de selección sólo los antecedentes académicos de los alumnos postulantes.
· La LGE explicita de manera más completa el rol del Estado en la Educación, esto, sin embargo, es insuficiente si no se ataca el problema de raíz reformando la Constitución Política de manera de entregar una mayor igualdad y equilibrio en una materia tan delicada para una sociedad que se dice en “vías de desarrollo”.
· Necesitamos un Estado proveedor de EDUCACIÓN PÚBLICA DE CALIDAD y no que tan sólo “vele” por ella. Además requerimos un Estado garante en la calidad de la Educación y no sólo un ente pasivo como actualmente es.
APORTES FISCALES A LA EDUCACIÓN SUPERIOR: AFD y AFI
Las universidades (tanto tradicionales como privadas) se mantienen con 3 mecanismos: aportes privados, aportes estatales y obviamente los aranceles que pagamos (o por los que nos endeudamos) los estudiantes. Dentro de los aportes estatales se distinguen dos aportes, el directo y el indirecto.
Aporte Fiscal Directo:
El AFD se distribuye entre las 25 universidades tradicionales.
Se divide en un 95% que se distribuye siguiendo la proporción del año anterior, y el 5% restante se reparte según publicaciones ISI, investigaciones CONICYT, número de alumnos de pregrado, etc.
Aporte Fiscal Indirecto:
El AFI se reparte a todas las universidades con puntajes de entrada PSU sobre 595 puntos. La mayor controversia sobre el AFI se centra en dos puntos:
1. Se entregan recursos públicos a ues privadas y con fines de lucro.
2. La poca representación de las reales capacidades de los alumnos mediante la PSU, además que da la mayor inversión a sectores aventajados.
LOS PUNTOS DE CONTROVERSIA:
1. Lucro con fondos públicos:
En el primer punto de controversia se puede ver que el estado se encuentra subvencionando a universidades privadas con montos poco despreciables (en 2007 la UAI recibió $636 millones, la UNAB $467 millones y la UDP $449 millones), que en muchos casos no tienen por objetivo el bienestar nacional (tal como, al menos supuestamente, lo tienen las tradicionales) sino que el lucro de sus propietarios, lo cual debiera ser completamente incompatible con beneficios estatales. Si bien el estado siempre se ha preocupado de ayudar a las PYMES, estas universidades están lejos de ser pequeñas empresas desvalidas.
2. Agrandando brechas educativas:
Por otro lado, la PSU no es un real indicador de nuestro futuro en la universidad (aun cuando en las carreras científicas se encuentra una cierta correlación, esta es menor a si se compara por ejemplo las notas de enseñanza media con las universitarias), además hace notar las abismantes diferencias educacionales (o mejor dicho sociales) de nuestro país, por ende al dar mayores recursos a las universidades de mayores puntajes PSU, implica directamente una mayor inyección de recursos a los estudiantes más aventajados en desmedro de los más pobres.
Se pueden comparar los ingresos por AFI de las 2 mejores universidades del país (Universidad de Chile y Católica de Chile) con universidades que se encuentran en un pésimo estado económico (Universidad de Valparaíso y Técnica Metropolitana), la U. de Chile (1º en el ranking AFI en 2007) recibió $3.909 millones, y la PUC (2º en el mismo ranking) $3.315 millones, mientras que la UV y la UTEM (7º y 18º respectivamente) recibieron $712 millones la primera y $243 millones la segunda, lo que hace insostenible la situación en estas universidades (tal como han denunciado los escándalos en la UTEM), viéndose obligados a recurrir a otras formas de financiamiento.
Para terminar este análisis, se puede apreciar que el sistema educacional universitario en Chile esta diseñado para mantener negocios educativos privados y mantener la educación clasista que se origina en la educación básica y media.
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